Artículo 13 de Código Penal para el Estado de Tamaulipas
Código Penal para el Estado de Tamaulipas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 13.- Este Código se aplicará a todas las personas sin distinción alguna, con las excepciones que sobre inimputabilidad, inmunidades y fuero establezcan las leyes. Las personas de doce años y menores de dieciocho años se regirán por las leyes de justicia especializada para adolescentes.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.