Código Penal estatal

Artículo 156 de Código Penal para el Estado de Tamaulipas

Código Penal para el Estado de Tamaulipas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 156.- Cometen el delito de conspiración quienes resuelven de concierto realizar alguno de los delitos de que tratan los dos capítulos anteriores, acordando los medios de llevar a efecto su determinación.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 156 de Código Penal para el Estado de Tamaulipas?

Cometen el delito de conspiración quienes resuelven de concierto realizar alguno de los delitos de que tratan los dos capítulos anteriores, acordando los medios de llevar a efecto su determinación.

¿Está vigente el artículo 156?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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