Artículo 156 de Código Penal para el Estado de Tamaulipas
Código Penal para el Estado de Tamaulipas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 156.- Cometen el delito de conspiración quienes resuelven de concierto realizar alguno de los delitos de que tratan los dos capítulos anteriores, acordando los medios de llevar a efecto su determinación.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.