Artículo 178 de Código Penal para el Estado de Tamaulipas
Código Penal para el Estado de Tamaulipas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 178.- El delito de violación de correspondencia cometido por los padres respecto a sus hijos mayores de edad y por los cónyuges entre sí, sólo se perseguirá por queja del ofendido.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.