Código Penal estatal

Artículo 268 de Código Penal para el Estado de Tamaulipas

Código Penal para el Estado de Tamaulipas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 268.- Al responsable del delito de impudicia se le impondrá una sanción de seis meses a cuatro años de prisión y multa de cuarenta a sesenta días salario. Si el delito se ejecutare por medio de la violencia física o moral, el mínimo y el máximo de la pena se aumentará en una mitad. Si además de los simples tocamientos eróticos el activo hiciere ejecutar al pasivo actos depravados, la sanción será de dos a cinco años y multa de cuarenta días salario.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 268 de Código Penal para el Estado de Tamaulipas?

Al responsable del delito de impudicia se le impondrá una sanción de seis meses a cuatro años de prisión y multa de cuarenta a sesenta días salario. Si el delito se ejecutare por medio de la violencia física o moral, el…

¿Está vigente el artículo 268?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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