Artículo 317 de Código Penal para el Estado de Tamaulipas
Código Penal para el Estado de Tamaulipas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 317.- Cuando se cause algún daño grave por medio de cualquier vehículo, motor o maquinaria, además de aplicar las sanciones por el delito que resulte, se suspenderá al responsable del derecho para manejar aquellos aparatos de un mes a un año. En caso de reincidencia se privará de ese derecho.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.