Artículo 319 de Código Penal para el Estado de Tamaulipas
Código Penal para el Estado de Tamaulipas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 319.- Comete el delito de lesiones, el que infiera a otro un daño que deje en su cuerpo un vestigio o altere su salud física o mental.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.