Artículo 141 de Código Penal para el Estado de Zacatecas
Código Penal para el Estado de Zacatecas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
141.- Se impondrá prisión de dos a ocho años y multa de cien a trescientas cuotas, al que forme parte de una asociación o banda de tres o más personas, organizada para delinquir, independientemente de la sanción que le corresponda por el delito que cometa.
(ADICIONADO, P.O. 25 DE OCTUBRE DE 2006)
141 Bis.- Cuando se cometa algún delito por pandilla, se aplicará a los que intervengan en su comisión, hasta una mitad más de las penas que les correspondan por el o los delitos cometidos.
Se entiende por pandilla, para los efectos de esta disposición, la reunión habitual de tres o más personas que sin estar organizadas con fines delictuosos, cometen en común algún delito con violencia sobre la víctima.
Cuando el miembro de la pandilla sea o haya sido servidor público de alguna corporación policiaca, la pena se aumentará hasta en dos terceras partes de las penas que le corresponda por el o los delitos cometidos y se le impondrá además, destitución del empleo, cargo o comisión públicos e inhabilitación de uno a cinco años para desempeñar otro.
(ADICIONADO, P.O. 4 DE AGOSTO DE 2012)
141 Ter.- Se impondrá prisión de dos a ocho años y multa de cien a doscientas cuotas, al que ejecute cualquier acto para obtener, transmitir o difundir información sobre la ubicación, logística, acciones o estado de fuerza de las corporaciones de seguridad pública o de procuración de justicia, con el ánimo de impedir o evadir su intervención, en beneficio de una asociación o banda de las que refiere el artículo 141 de este Código.
Las penas señaladas en este artículo se aumentarán hasta la mitad más y se impondrá, además, destitución del cargo o comisión e inhabilitación por veinte años para desempeñar empleos, cargos o comisiones al servicio del Estado o municipios, cuando el delito sea cometido por servidores o ex servidores públicos.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.