Artículo 153 de Código Penal para el Estado de Zacatecas
Código Penal para el Estado de Zacatecas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
153.- Al que para la ejecución de los hechos de que hablan los artículos anteriores, se valga de explosivos, la pena se aumentará hasta en una mitad más.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.