Artículo 174 de Código Penal para el Estado de Zacatecas — Zacatecas
Código Penal para el Estado de Zacatecas — Zacatecas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
174.- Se le aplicarán las mismas sanciones que señala el artículo anterior, a la mujer que a sabiendas que un niño padece una enfermedad grave fácilmente transmisible, lo amamante y además amamante a otro u otros niños.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.