Código Penal estatal

Artículo 224 de Código Penal para el Estado de Zacatecas

Código Penal para el Estado de Zacatecas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

224.- Se sancionará con prisión de uno a tres años y multa de cien a trescientas cuotas:

I.- Al servidor público que, por engaño o sorpresa, hiciere que alguien firme un documento público, que no habría firmado sabiendo su contenido y sus efectos;

II.- Al notario o cualquier otro servidor público que en ejercicio de sus funciones expida una certificación de hechos que no sean ciertos o dé fe de la que no consta en autos, registros, protocolos o documentos;

III.- Al que para eximirse de un servicio debido legalmente o de una obligación impuesta por la ley, suponga una certificación de enfermedad o impedimento que no tiene, como expedida por un médico cirujano, sea que exista realmente la persona a quien la atribuya, ya sea ésta imaginaria o ya tome el nombre de una persona real, atribuyéndoles falsamente la calidad de médico o cirujano;

IV.- Al médico o cirujano que certifique falsamente que una persona tiene una enfermedad u otro impedimento bastante para dispensarla de prestar un servicio que exige la ley o de cumplir una obligación que ésta impone o para adquirir algún derecho;

V.- Al que haga uso de una certificación verdadera expedida para otro como si hubiere sido en su favor, o altere la que a él se expidió; y VI.- A los encargados de un servicio de comunicaciones del Estado o del Municipio que supongan o falsifiquen un despacho.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 224 de Código Penal para el Estado de Zacatecas?

224.- Se sancionará con prisión de uno a tres años y multa de cien a trescientas cuotas: I.- Al servidor público que, por engaño o sorpresa, hiciere que alguien firme un documento público, que no habría firmado sabiendo…

¿Está vigente el artículo 224?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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