Código Penal estatal

Artículo 366 de Código Penal para el Estado de Zacatecas — Zacatecas

Código Penal para el Estado de Zacatecas — Zacatecas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

366.- Se aplicará prisión de tres meses a tres años y multa de cincuenta a cien cuotas al servidor público que:

I.- Habiendo realizado una aprehensión en flagrante delito, o habiendo recibido un detenido que fue aprehendido en flagrante delito por un particular, no ponga a la brevedad posible al detenido a disposición del Ministerio Público.

(REFORMADA, P.O. 31 DE AGOSTO DE 2019)

II.- Habiendo recibido un detenido que fue aprehendido en flagrante delito por un particular o por otro servidor público, no ponga al detenido a disposición del juez dentro del término que se refiere el Artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; salvo la hipótesis que contempla el artículo 140 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

III.- No ponga al detenido a disposición de la autoridad judicial sin dilación alguna, cuando ésta se realice en cumplimiento de una orden de aprehensión.

(REFORMADO, P.O. 4 DE AGOSTO DE 2012)

Se entenderá que el imputado queda a disposición del juzgador, para los efectos constitucionales y legales, desde el momento en que la autoridad lo ponga a disposición de aquel en la prisión preventiva o en el centro de salud en que se encuentre.

(ADICIONADO CON EL ARTÍCULO QUE LO INTEGRA, P.O. 29 DE DICIEMBRE DE 1993)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 366 de Código Penal para el Estado de Zacatecas — Zacatecas?

366.- Se aplicará prisión de tres meses a tres años y multa de cincuenta a cien cuotas al servidor público que: I.- Habiendo realizado una aprehensión en flagrante delito, o habiendo recibido un detenido que fue…

¿Está vigente el artículo 366?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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