Artículo 274 de Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Durango — Durango
Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Durango — Durango · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 274. Se le impondrán de tres a nueve años de prisión y de doscientas dieciséis a seiscientas cincuenta veces la Unidad de Medida y Actualización, a quien haga un uso de suelo distinto al permitido u obtenga un beneficio económico derivado de éstas conductas.
(REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, P.O. 5 DE MARZO DE 2017)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.