Artículo 112 de Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Jalisco
Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Jalisco · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Art. 112. Los delitos previstos en este Título se sancionarán además, con suspensión de derechos políticos hasta por tres años.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.