Código Penal estatal

Artículo 251 de Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Jalisco

Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Jalisco · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Art. 251. Al responsable del delito de fraude, se le sancionará conforme a las siguientes reglas:

(REFORMADA, P.O. 11 DE OCTUBRE DE 2016)

I. De seis meses a dos años de prisión y multa por el importe de dos a ocho veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, cuando el valor de lo defraudado no exceda del importe de cuatrocientos cincuenta veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización;

(REFORMADA, P.O. 11 DE OCTUBRE DE 2016)

II. Cuando el valor de lo defraudado exceda del monto señalado en la fracción anterior, pero no del que se establece en la siguiente, la sanción será de dos a siete años de prisión y multa por el importe de cuatro a cuarenta veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización. La misma sanción se aplicará en el caso de la fracción siguiente, cuando se restituya la cosa o su valor y se repare el daño hasta antes de formular conclusiones en el proceso; y (REFORMADA, P.O. 11 DE OCTUBRE DE 2016)

III. De cuatro a diez años de prisión y multa por el importe de veinte a ochenta veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, cuando el valor de lo defraudado exceda del importe de dos mil quinientas veinte veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 251 de Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Jalisco?

Art. 251. Al responsable del delito de fraude, se le sancionará conforme a las siguientes reglas: (REFORMADA, P.O. 11 DE OCTUBRE DE 2016) I. De seis meses a dos años de prisión y multa por el importe de dos a ocho veces…

¿Está vigente el artículo 251?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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