Código Penal estatal

Artículo 296 de Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Jalisco

Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Jalisco · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Art. 296. Se impondrá pena de uno a ocho años de prisión y de trescientos a tres mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, a quien:

(REFORMADA, P.O. 24 DE NOVIEMBRE DE 2005)

I. Transporte o consienta, autorice u ordene que se transporte cualquier residuo no reservado a la Federación que por su clase, calidad o cantidad sea apto para contaminar o alterar perjudicialmente el suelo, la atmósfera o las aguas de jurisdicción estatal o que genere daños a la población, a un destino para el que no se tenga autorización para recibirlo, almacenarlo, desecharlo o abandonarlo;

(REFORMADA, P.O. 24 DE NOVIEMBRE DE 2005)

II. Asiente datos falsos en los registros, bitácoras o cualquier otro documento utilizado con el propósito de simular el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la normatividad ambiental local;

(REFORMADA, P.O. 24 DE NOVIEMBRE DE 2005)

III. Prestando sus servicios como auditor técnico, especialista o perito especialista en materia ambiental, faltare a la verdad provocando que se cause un daño a los recursos naturales no reservados a la Federación; y (REFORMADA, P.O. 24 DE NOVIEMBRE DE 2005)

IV. No realice o cumpla las medidas técnicas, correctivas o de seguridad, necesarias para evitar un daño o riesgo ambiental que la autoridad administrativa o judicial le ordene o imponga.

(REFORMADO [N. DE E. ESTE PÁRRAFO], P.O. 11 DE NOVIEMBRE DE 2017)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 296 de Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Jalisco?

Art. 296. Se impondrá pena de uno a ocho años de prisión y de trescientos a tres mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, a quien: (REFORMADA, P.O. 24 DE NOVIEMBRE DE 2005) I. Transporte o…

¿Está vigente el artículo 296?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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