Código Penal estatal

Artículo 303 de Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Jalisco

Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Jalisco · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Art. 303. A quienes obtengan del Instituto de Pensiones del Estado, mediante el engaño o el aprovechamiento del error, para sí o para otro, en efectivo o en especie, una o más prestaciones a las que no tengan derecho, así como a los servidores públicos de las entidades públicas patronales que participen con los afiliados, pensionados y beneficiarios en la obtención de dichas prestaciones, se les impondrán las siguientes penas:

(REFORMADA, P.O. 11 DE OCTUBRE DE 2016)

I. De uno a tres años de prisión y multa por el importe de cincuenta a quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, cuando el valor de lo defraudado no exceda del importe de quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización;

(REFORMADA, P.O. 11 DE OCTUBRE DE 2016)

II. De dos a diez años de prisión y multa por el importe de doscientos a tres mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, cuando el valor de lo defraudado exceda de quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, pero no exceda de tres mil; y (REFORMADA, P.O. 11 DE OCTUBRE DE 2016)

III. De cuatro a quince años de prisión y multa por el importe de mil a diez mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, cuando el valor de lo defraudado exceda de tres mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.

Cuando se restituya la cosa o se repare el daño hasta antes de formular conclusiones en el proceso, sin importar el valor de lo defraudado, se aplicarán las sanciones de la fracción I.

(ADICIONADO, P.O. 27 DE JULIO DE 2013)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 303 de Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Jalisco a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 303 de Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Jalisco?

Art. 303. A quienes obtengan del Instituto de Pensiones del Estado, mediante el engaño o el aprovechamiento del error, para sí o para otro, en efectivo o en especie, una o más prestaciones a las que no tengan derecho,…

¿Está vigente el artículo 303?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.