Código Penal estatal

Artículo 133 de Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca

Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

133.- La privación de derechos civiles o políticos prescribirá en veinte años.

(REFORMADO, P.O. 23 DE NOVIEMBRE DE 2012)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 133 de Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca?

133.- La privación de derechos civiles o políticos prescribirá en veinte años. (REFORMADO, P.O. 23 DE NOVIEMBRE DE 2012)

¿Está vigente el artículo 133?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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