Código Penal estatal

Artículo 17 de Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca

Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

17.- Las penas y medidas de seguridad son las siguientes:

I.- Prisión;

(REFORMADA, P.O. 3 DE OCTUBRE DE 1998)

II.- Semilibertad;

(REFORMADA, P.O. 3 DE OCTUBRE DE 1998)

III.- Confinamiento y prohibición de concurrencia o residencia;

(REFORMADA, P.O. 3 DE OCTUBRE DE 1998)

IV.- Multa;

(REFORMADA, P.O. 3 DE OCTUBRE DE 1998)

V.- Reparación del daño;

(REFORMADA, P.O. 9 DE DICIEMBRE DE 2013) (REPUBLICADA, P.O. 20 DE DICIEMBRE DE 2013)

VI.- Decomiso de instrumentos, objetos y productos del delito, decomiso por valor equivalente o destrucción de cosas peligrosas o nocivas;

VII.- Suspensión de derechos;

VIII.- Inhabilitación, destitución o suspensión de cargos, empleos públicos o ejercicio de profesiones y actividades técnicas;

IX.- Suspensión o disolución de sociedades;

(REFORMADA, P.O. 3 DE OCTUBRE DE 1998)

X.- Intervención, remoción, prohibición de realizar determinadas operaciones y extinción de las personas jurídicas colectivas;

XI.- Apercibimiento;

XII.- Caución de no ofender;

XIII.- Publicación especial de sentencia;

XIV.- Sujeción a la vigilancia de la Policía;

(REFORMADA, P.O. 26 DE FEBRERO DE 2000)

XV.- Tratamiento de inimputables, en internamiento o en libertad;

(REFORMADA, P.O. 26 DE FEBRERO DE 2000)

XVI.- Trabajo en favor de la comunidad;

XVII.- (DEROGADA, P.O. 30 DE MAYO DE 2012)

(ADICIONADA, P.O. 26 DE FEBRERO DE 2000)

XVIII.- Prohibición de abandonar una demarcación geográfica sin autorización judicial.

(ADICIONADO, P.O. 3 DE OCTUBRE DE 1998)

Las penas y medidas de seguridad no trascienden de la persona y bienes del sujeto activo, salvo lo dispuesto en los artículos 32, 33 y 44 de este código.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 17 de Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 17 de Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca?

17.- Las penas y medidas de seguridad son las siguientes: I.- Prisión; (REFORMADA, P.O. 3 DE OCTUBRE DE 1998) II.- Semilibertad; (REFORMADA, P.O. 3 DE OCTUBRE DE 1998) III.- Confinamiento y prohibición de concurrencia o…

¿Está vigente el artículo 17?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.