Código Penal estatal

Artículo 266 de Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca

Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

266.- Si el amenazador cumple su amenaza, se acumularán la sanción de ésta y la del delito que resulte.

Si el amenazador consigue que el amenazado cometa un delito, se acumulará a la sanción de la amenaza, la que le corresponda por su participación en el delito que resulte.

(ADICIONADO, P.O. 16 DE FEBRERO DE 2018)

266 Bis.- Se sancionará de uno a cuatro años de prisión y multa de cincuenta mil a trescientos mil pesos a quien lleve a cabo la actividad de cobranza extrajudicial ilegal.

Si utiliza además documentos o sellos falsos, la pena y la sanción económicamente aumentarán una mitad.

Si incurre en usurpación de funciones o de profesión, se aplicarán las reglas del concurso de delitos señalados en el Código Penal Federal.

Se entiende por cobranza extrajudicial ilegal el uso de violencia o intimidación, ya sea personalmente o a través de cualquier medio, para requerir el pago de una deuda derivada de actividades reguladas en leyes federales, incluyendo créditos o financiamientos que hayan sido otorgados originalmente por personas dedicadas habitual y profesionalmente a esta actividad, con independencia del tenedor de los derechos de cobro al momento de llevar a cabo la cobranza.

No se considerará como intimidación ilícita informare (sic) aquellas consecuencias posibles y jurídicamente válidas del impago o la capacidad de iniciar acciones legales en contra del deudor, aval, obligado solidario o cualquier tercero relacionado a estos cuando estas sean jurídicamente posibles.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 266 de Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca?

266.- Si el amenazador cumple su amenaza, se acumularán la sanción de ésta y la del delito que resulte. Si el amenazador consigue que el amenazado cometa un delito, se acumulará a la sanción de la amenaza, la que le…

¿Está vigente el artículo 266?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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