Artículo 282 de Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca
Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
282.- De las lesiones que a una persona cause algún animal bravío, será responsable el que con esa intención lo azuce, lo suelte o haga ésto último por descuido.
283.- (DEROGADO, P.O. 19 DE ABRIL DE 1997)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.