Código Penal estatal

Artículo 118 de Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo

Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 118.- Al que bajo las siguientes circunstancias prive a otro de la libertad, se le aplicara:

I.- De veinticinco a cincuenta años de prisión y de dos mil a dos mil quinientos días multa, cuando:

1.- Se realice en un lugar desprotegido o solitario;

2.- Se realice con violencia; o 3.- Se lleve a cabo en grupo de dos o más personas;

II.- De veinticinco años a cincuenta años de prisión o prisión vitalicia y de dos mil quinientos a tres mil días multa, cuando:

1.- Que para privar de su libertad a una persona se allane el bien inmueble en que ésta se encuentra;

2.- El sujeto activo del delito sea o haya sido, o se ostente sin serlo, integrante de alguna institución policial o servidor público en alguna de las áreas de prevención o persecución de delitos, administración de justicia o readaptación social; o tenga alguna relación de confianza, laboral, de parentesco o de negocios con la víctima o con sus familiares;

3.- Se lesione, o se torture, o se viole o se prive de la vida a la víctima; o 4.- Que la víctima sea una persona menor de dieciocho o mayor de setenta años de edad, o que por cualquier otra circunstancia esté en situación de inferioridad física o mental respecto del que lo ejecuta.

5.- Que la victima sea una mujer en estado de gravidez.

(DEROGADO ÚLTIMO PÁRRAFO, P.O. 6 DE ABRIL DE 2021)

(REFORMADO, P.O. 15 DE JUNIO DE 2010)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 118 de Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo?

Al que bajo las siguientes circunstancias prive a otro de la libertad, se le aplicara: I.- De veinticinco a cincuenta años de prisión y de dos mil a dos mil quinientos días multa, cuando: 1.- Se realice en un lugar…

¿Está vigente el artículo 118?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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