Código Penal estatal

Artículo 220 de Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo

Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 220.- Se impondrá de seis meses a cinco años de prisión y de treinta a cien días multa, al que lleve a cabo cualquiera de las siguientes conductas:

I. Sin ser servidor público se atribuya ese carácter y ejerza alguna de las funciones de tal;

II. Usare uniforme, insignia, distintivo o condecoración a que no tenga derecho, con el propósito de obtener un beneficio indebido;

III. Use, fabrique, reproduzca, almacene o distribuya uniformes, credenciales de identificación, escudos, documentos, distintivos o piezas que contengan imágenes, siglas u otros símbolos utilizados por las instituciones de seguridad pública del Estado, sin el permiso de la autoridad competente;

IV. Utilice uno o varios vehículos o equipamiento oficiales o con apariencia tal que se asemejen a los utilizados por las instituciones de seguridad pública del Estado, sin estar legalmente facultado para ello; o V. Instale en las calles, avenidas, caminos, calzadas, plazas, paseos, pasajes, carreteras, puentes, pasos a desnivel, derechos de vía y en general todo terreno del dominio público y de uso común que se encuentre o ubique dentro de los límites del Estado de Quintana Roo, objetos de cualquier tipo para simular la existencia de un puesto de supervisión o vigilancia oficial.

(ADICIONADO CON LOS ARTÍCULOS QUE LO INTEGRAN, P.O. 30 DE NOVIEMBRE DE 2010)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 220 de Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo?

Se impondrá de seis meses a cinco años de prisión y de treinta a cien días multa, al que lleve a cabo cualquiera de las siguientes conductas: I. Sin ser servidor público se atribuya ese carácter y ejerza alguna de las…

¿Está vigente el artículo 220?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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