Artículo 94 de Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo
Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 94.- Aborto forzado es la interrupción del embarazo, en cualquier momento, sin el consentimiento de la persona gestante.
Al que realice aborto forzado, se le impondrá de tres a ocho años de prisión; y si mediare violencia, de cuatro a nueve años.
(REFORMADO, P.O. 28 DE OCTUBRE DE 2022)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.