Código Penal estatal

Artículo 12 de Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala

Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 12.- Son responsables de un delito ya cometido, todos los que tomaron parte en su concepción, preparación o ejecución, o prestan auxilio o cooperación de cualquier especie, por concierto previo o por intervención posterior a la ejecución, por medio de actos u omisiones que no sean de los expresamente previstos como encubrimiento; y los que induzcan o compelan directamente a alguien para cometer un delito.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 12 de Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala?

Son responsables de un delito ya cometido, todos los que tomaron parte en su concepción, preparación o ejecución, o prestan auxilio o cooperación de cualquier especie, por concierto previo o por intervención posterior a…

¿Está vigente el artículo 12?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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