Artículo 182 de Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala
Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 182.- Al que cometa el delito de abuso de autoridad se le impondrá prisión de seis meses a seis años, multa de dos a cuarenta días de salario y destitución de empleo.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.