Código Penal estatal

Artículo 293 de Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala

Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 293.- El robo sin violencia en las personas cometido por un ascendiente contra su descendiente o por éste contra aquel, por un padre o madre adoptivos contra el adoptado o por éste contra aquellos, por un cónyuge contra el otro, por un cónyuge contra el otro, por una concubina o concubinario contra el otro, por un suegro contra su yerno o nuera, por éstos contra aquél, por un padrastro contra su hijastro o viceversa, o por un hermano contra su hermano, no produce responsabilidad penal, siempre que el ofendido y el autor del apoderamiento, en el momento de éste, vivan en familia en los términos del segundo párrafo del artículo 27 del Código Civil.

Si además de las personas a que se refiere el párrafo anterior tuviere intervención en el robo alguna otra u otras, se sancionara exclusivamente a éstos con la pena de tres días a tres años de prisión.

Abigeato

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 293 de Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala?

El robo sin violencia en las personas cometido por un ascendiente contra su descendiente o por éste contra aquel, por un padre o madre adoptivos contra el adoptado o por éste contra aquellos, por un cónyuge contra el…

¿Está vigente el artículo 293?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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