Artículo 24 de Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave
Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 24.- Existe ausencia de conducta cuando la actividad o inactividad del agente activo son involuntarias.
La atipicidad es la inexistencia de alguno de los elementos de la descripción legal.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.