Código Penal estatal

Artículo 329 de Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave

Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 329.- Se impondrán de seis meses a un año de prisión y multa hasta de veinte días de salario a quien rehúse prestar un servicio de interés público a que la ley lo obligue o desobedezca un mandato legítimo de autoridad.

(ADICIONADO, G.O. 29 DE AGOSTO DE 2011)

También comete este delito, quien desobedezca una medida precautoria, o medida u orden de protección dictada por el Ministerio Público o por una autoridad judicial.

Cuando la ley autorice el empleo de medios de apremio, el delito sólo se consumará después de haberse agotado aquéllos.

Se aplicarán de seis meses a dos años de prisión y multa hasta de cuarenta días de salario a quien impida que la autoridad ejerza sus funciones o resista el cumplimiento de una orden cuya ejecución se lleve a cabo en forma legal. De emplearse violencia física o moral, la sanción se agravará hasta en un año.

ADICIONADO, G.O. 7 DE MAYO DE 2020)

Comete de igual forma el delito de desobediencia y resistencia de particulares y se aplicará la sanción prevista en el párrafo que antecede, a quien tenga o detente la guarda y custodia de hecho o por derecho, de un niño, niña o adolescente, que se niegue a presentarlo sin causa justificada ante el Juez que lo ordene, en las audiencias que se requiera su presencia.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 329 de Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave?

Se impondrán de seis meses a un año de prisión y multa hasta de veinte días de salario a quien rehúse prestar un servicio de interés público a que la ley lo obligue o desobedezca un mandato legítimo de autoridad.…

¿Está vigente el artículo 329?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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