Artículo 143 de Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza
Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 143.
Definición de acto procesal y proceso judicial.
Son actos procesales, los actos jurídicos que tienen por inmediata consecuencia la constitución, el desarrollo, la modificación, la definición o la extinción de una relación procesal.
El proceso judicial es el conjunto de actos procesales desenvueltos en forma progresiva y ordenada, unidos por el propósito de resolver un conflicto mediante una sentencia con la autoridad de cosa juzgada.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.