Artículo 26 de Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza
Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 26.
Criterios para fijar la competencia.
La competencia de los tribunales se determinará por la materia, la cuantía, el territorio, la conexidad, la prevención, el turno, el grado, la condición subjetiva de los justiciables, por remisión, por prórroga en razón de territorio, por resolución de incidente, por ser recurrente, por atracción y por itinerancia.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.