Artículo 337 de Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza
Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 337.
Consignación a favor de acreedor con derechos dudosos.
El ofrecimiento de pago y consignación cuando el acreedor fuere conocido, pero dudosos sus derechos, podrá hacerse con intervención judicial y bajo la condición de que el interesado los justifique legalmente de acuerdo con las disposiciones anteriores.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.