Artículo 709 de Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza
Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 709.
Efectos de la sentencia reivindicatoria.
Por virtud de la sentencia que se dicte en los juicios reivindicatorios, se pierde la propiedad y la posesión del que resulte vencido en favor del vencedor.
(ADICIONADO CON LOS ARTÍCULOS QUE LO INTEGRAN, P.O. 21 DE OCTUBRE DE 2014)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.