Artículo 708 de Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza
Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 708.
Vía procedente para tramitar los juicios reivindicatorios.
Los juicios sobre reivindicación se ventilarán en la vía ordinaria, a la que se aplicarán, además, las reglas de este capítulo.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.