Código Penal estatal

Artículo 3 de Código Procesal Penal Acusatorio para el Estado de Tabasco

Código Procesal Penal Acusatorio para el Estado de Tabasco · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 3. Protección de principios, derechos y garantías.

Los principios, derechos y garantías previstos por este Código, deberán ser observados en todo proceso como consecuencia del cual pueda resultar una sanción penal, medida de seguridad o cualquier otra resolución que afecte derechos. La inobservancia de aquellos no podrá hacerse valer en perjuicio del imputado.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 3 de Código Procesal Penal Acusatorio para el Estado de Tabasco?

Protección de principios, derechos y garantías. Los principios, derechos y garantías previstos por este Código, deberán ser observados en todo proceso como consecuencia del cual pueda resultar una sanción penal, medida…

¿Está vigente el artículo 3?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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