Artículo 85 de Código Procesal Penal Acusatorio para el Estado de Tabasco
Código Procesal Penal Acusatorio para el Estado de Tabasco · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 85. Plazos fijados judicialmente.
Cuando la ley permita la fijación de un plazo judicial, los jueces lo fijarán conforme a la naturaleza del proceso y a la importancia de la actividad que se debe cumplir, teniendo en cuenta los derechos de las partes.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.