Artículo 103 de Código Procesal Penal para el Estado de Hidalgo (Ver transitorios)
Código Procesal Penal para el Estado de Hidalgo (Ver transitorios) · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 103.- Carga de la prueba.
La carga de la prueba corresponderá al Ministerio Público y, en su caso, al acusador privado.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.