Artículo 143 de Código Procesal Penal para el Estado de Hidalgo (Ver transitorios)
Código Procesal Penal para el Estado de Hidalgo (Ver transitorios) · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 143.- Tercero obligado a la reparación de daños y perjuicios.
El tercero obligado a la reparación es la persona que, según las Leyes, responda por los daños y perjuicios que el imputado hubiera causado con el hecho punible.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.