Artículo 149 de Código Procesal Penal para el Estado de Hidalgo (Ver transitorios)
Código Procesal Penal para el Estado de Hidalgo (Ver transitorios) · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 149.- Denuncia.
La denuncia es el medio a través del cual las personas hacen del conocimiento del Ministerio Público o de los cuerpos de seguridad pública, la comisión de hechos que pueden constituir un delito. En este último supuesto, los integrantes de los cuerpos de segundad darán aviso inmediato al Ministerio Público pero realizarán las actuaciones necesarias para evitar la pérdida de los elementos de convicción.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.