Artículo 19 de Código Procesal Penal para el Estado de Hidalgo (Ver transitorios)
Código Procesal Penal para el Estado de Hidalgo (Ver transitorios) · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 19.- Juez natural.
La potestad de aplicar la Ley penal corresponderá sólo a jueces o tribunales constituidos conforme a las leyes vigentes antes del hecho que motivó el proceso.
Nadie podrá ser juzgado por jueces o tribunales designados especialmente para el caso.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.