Artículo 225 de Código Procesal Penal para el Estado de Hidalgo (Ver transitorios)
Código Procesal Penal para el Estado de Hidalgo (Ver transitorios) · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 225. - Resolución sobre solicitud de orden de aprehensión.
El Juez decidirá sobre la procedencia de la solicitud inmediatamente, y excepcionalmente, siempre que no exista urgencia, en un plazo no mayor a doce horas, usando como base para la fundamentación y motivación la información contenida en la solicitud.
En caso de que el Juez niegue la orden o que requiera la ampliación de la información proporcionada, el Ministerio Público complementará la solicitud para satisfacer los requisitos necesarios, si correspondiere.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.