Código Penal estatal

Artículo 260 de Código Procesal Penal para el Estado de Hidalgo (Ver transitorios)

Código Procesal Penal para el Estado de Hidalgo (Ver transitorios) · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 260.- Principios.

Los funcionarios de la Oficina de Servicios Auxiliares de medidas cautelares se regirán por los siguientes principios:

I.- Imparcialidad. Los funcionarios trabajan para auxiliar al Juez en la toma de decisiones sobre medidas cautelares y en la supervisión de los imputados sin inclinarse indebidamente a favor o en contra de alguna de las partes;

II.- Objetividad. Los funcionarios deberán ser objetivos en la elaboración de sus reportes y no discriminarán a la (sic) personas por motivos de raza, religión, origen nacional o étnico, género, orientación sexual, condición social o por cualquier otro motivo; y III.- Confidencialidad. Los funcionarios deben guardar reserva y abstenerse de proporcionar información a terceros ajenos al propósito del servicio.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 260 de Código Procesal Penal para el Estado de Hidalgo (Ver transitorios)?

Principios. Los funcionarios de la Oficina de Servicios Auxiliares de medidas cautelares se regirán por los siguientes principios: I.- Imparcialidad. Los funcionarios trabajan para auxiliar al Juez en la toma de…

¿Está vigente el artículo 260?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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