Artículo 261 de Código Procesal Penal para el Estado de Hidalgo (Ver transitorios)
Código Procesal Penal para el Estado de Hidalgo (Ver transitorios) · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 261.- Utilización de la información suministrada por el imputado.
Para incentivar que el imputado suministre información veraz y completa al personal de los Servicios Auxiliares de Medidas Cautelares, la información no podrá ser usada para demostrar su participación en el delito que se le atribuye. Salvo las excepciones previstas por la Ley, la información sólo se usará para decidir acerca de la necesidad de imponer medidas cautelares.
La información recabada durante la supervisión podrá ser utilizada cuando verse sobre la comisión de un nuevo delito o un delito cuya comisión continúe durante el periodo de aplicación de la medida cautelar, así como para la aplicación de la suspensión del proceso a prueba.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.