Artículo 277 de Código Procesal Penal para el Estado de Hidalgo (Ver transitorios)
Código Procesal Penal para el Estado de Hidalgo (Ver transitorios) · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 277.- Restricciones a la prisión preventiva.
Además de las circunstancias generales exigibles para la imposición de las medidas cautelares personales, la prisión preventiva sólo es aplicable cuando otras medidas menos aflictivas no sean suficientes para lograr los fines señalados en la fracción segunda del Artículo 268 (Procedencia de medidas cautelares) de este Código.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.