Código Penal estatal

Artículo 278 de Código Procesal Penal para el Estado de Hidalgo (Ver transitorios)

Código Procesal Penal para el Estado de Hidalgo (Ver transitorios) · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 278.- Garantía.

Al decidir sobre la medida cautelar consistente en garantía, el Juez fijará el monto, la modalidad de la prestación, y apreciará su idoneidad. Para resolver sobre dicho monto, el Juez deberá tomar en cuenta la naturaleza, modalidades, circunstancias y posible sanción del delito, las características del imputado, la posibilidad de cumplimiento de las obligaciones procesales a su cargo, así como los posibles daños y perjuicios causados a la víctima u ofendido. La autoridad judicial hará la estimación de modo que constituya un motivo eficaz para que el imputado se abstenga de incumplir con sus obligaciones y deberá fijar un plazo razonable para exhibir la garantía.

La garantía será presentada por el imputado u otra persona mediante el depósito de dinero, valores, prendas o hipotecas sobre bienes libres de gravámenes, pólizas con cargo a una empresa dedicada a este tipo de actividades comerciales, fianza solidaria de una o más personas solventes o cualquier otro medio idóneo.

Se les hará saber al imputado y al garante, en la audiencia en la que se decida la medida, las consecuencias del incumplimiento por parte del imputado.

El imputado y el garante podrán sustituir la garantía por otra equivalente, previa autorización del Juez o Tribunal.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 278 de Código Procesal Penal para el Estado de Hidalgo (Ver transitorios) a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 278 de Código Procesal Penal para el Estado de Hidalgo (Ver transitorios)?

Garantía. Al decidir sobre la medida cautelar consistente en garantía, el Juez fijará el monto, la modalidad de la prestación, y apreciará su idoneidad. Para resolver sobre dicho monto, el Juez deberá tomar en cuenta la…

¿Está vigente el artículo 278?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.