Código Penal estatal

Artículo 351 de Código Procesal Penal para el Estado de Hidalgo (Ver transitorios)

Código Procesal Penal para el Estado de Hidalgo (Ver transitorios) · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 351.- Debate acerca de las pruebas ofrecidas por las partes.

Durante la audiencia intermedia cada parte podrá clarificar y ampliar los fundamentos de las solicitudes observaciones y planteamientos que hubieren formulado por escrito, con relación a las pruebas ofrecidas por las demás, para los fines de exclusión.

Si se hubiere ofrecido prueba para acreditar la ilicitud de alguno de los medios ofertados por la contraparte, la misma se recibirá en la audiencia si el Juez la estima procedente.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 351 de Código Procesal Penal para el Estado de Hidalgo (Ver transitorios)?

Debate acerca de las pruebas ofrecidas por las partes. Durante la audiencia intermedia cada parte podrá clarificar y ampliar los fundamentos de las solicitudes observaciones y planteamientos que hubieren formulado por…

¿Está vigente el artículo 351?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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