Artículo 365 de Código Procesal Penal para el Estado de Hidalgo (Ver transitorios)
Código Procesal Penal para el Estado de Hidalgo (Ver transitorios) · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 365.- Continuidad.
La audiencia del juicio se desarrollará en forma continua y podrá prolongarse en sesiones sucesivas, hasta su conclusión: Para estos efectos, constituirán sesiones sucesivas aquellas que tuvieren lugar en el día siguiente o subsiguiente de funcionamiento ordinario del Tribunal.
El presidente ordenará los aplazamientos que se requieran, indicando la hora en que continuará la audiencia. No será considerado un aplazamiento el descanso de fin de semana o el día feriado o de asueto, siempre que la audiencia continúe al día hábil siguiente.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.