Artículo 408 de Código Procesal Penal para el Estado de Hidalgo (Ver transitorios)
Código Procesal Penal para el Estado de Hidalgo (Ver transitorios) · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 408.- Decisión sobre absolución o condena.
Una vez concluida la deliberación, el Tribunal se constituirá nuevamente en la sala de audiencias, después de ser convocadas verbalmente todas las partes, y será leída tan sólo la parte resolutiva respecto a la absolución o condena del imputado y el relator informara, sintéticamente, los fundamentos de hecho y de derecho que la motivaron.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.