Artículo 427 de Código Procesal Penal para el Estado de Hidalgo (Ver transitorios)
Código Procesal Penal para el Estado de Hidalgo (Ver transitorios) · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 427.- Sentencia en el procedimiento abreviado.
Terminada las Intervenciones de las partes, el emitirá su fallo sobre condena o absolución en la misma audiencia y deberá dar lectura pública a la sentencia, dentro de un plazo de cuarenta y ocho horas, explicando brevemente su contenido. En caso de ser condenatoria, no podrá imponer una pena superior a la solicitada por el Ministerio Público.
En ningún caso el procedimiento abreviado impedirá la concesión de alguna de las medidas alternativas consideradas en la Ley, cuando a correspondiere.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.