Artículo 166 de Código Procesal Penal para el Estado de Oaxaca
Código Procesal Penal para el Estado de Oaxaca · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 166. Presentación espontánea El imputado contra quien se hubiere emitido la orden de aprehensión podrá presentarse ante el juez que correspondiere, para que se le comunique la imputación. Hecho lo anterior el juez podrá ordenar que se mantenga su plena libertad e incluso eximirlo de la aplicación de medidas cautelares personales si fuere procedente.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.