Código Penal estatal

Artículo 166 de Código Procesal Penal para el Estado de Oaxaca

Código Procesal Penal para el Estado de Oaxaca · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 166. Presentación espontánea El imputado contra quien se hubiere emitido la orden de aprehensión podrá presentarse ante el juez que correspondiere, para que se le comunique la imputación. Hecho lo anterior el juez podrá ordenar que se mantenga su plena libertad e incluso eximirlo de la aplicación de medidas cautelares personales si fuere procedente.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 166 de Código Procesal Penal para el Estado de Oaxaca?

Presentación espontánea El imputado contra quien se hubiere emitido la orden de aprehensión podrá presentarse ante el juez que correspondiere, para que se le comunique la imputación. Hecho lo anterior el juez podrá…

¿Está vigente el artículo 166?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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