Artículo 279 de Código Procesal Penal para el Estado de Oaxaca
Código Procesal Penal para el Estado de Oaxaca · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 279. Efectos de la vinculación a proceso (REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, P.O. 26 DE SEPTIEMBRE DE 2009)
El auto de vinculación a proceso producirá los siguientes efectos:
I. Interrumpirá el curso de la prescripción de la acción penal;
II. Comenzará a correr el plazo previsto en este Código para el cierre de la investigación; y III. El Ministerio Público perderá la facultad de archivar temporalmente el proceso.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.